REGLAMENTO DE FISCALIZACIÓN
El Reglamento de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (RF) es el instrumento normativo que establece los lineamientos, procedimientos y criterios que rigen la revisión, control y vigilancia de los ingresos y egresos de los sujetos obligados, incluyendo partidos políticos, candidatos, organizaciones ciudadanas (OC) y agrupaciones políticas. Trata medularmente de lo siguiente:
Supervisión financiera: Regula cómo deben reportarse y comprobarse los recursos recibidos y ejercidos, asegurando su origen lícito y uso adecuado.
Procedimientos de auditoría: Establece la manera en que la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF) debe revisar los informes financieros, realizar muestreos, solicitar documentación adicional y emitir observaciones.
Garantía de audiencia: Define los plazos y mecanismos mediante los cuales los sujetos obligados pueden responder a observaciones o requerimientos de información.
Sanciones: Establece las faltas y las consecuencias por el incumplimiento de las normas de fiscalización.
Para las OC que buscan su registro como Partido Político Nacional (PPN), el RF es clave porque:
Regula la presentación mensual de informes financieros en el Mecanismo Electrónico (MOP).
Define los requisitos para la comprobación de ingresos y egresos, incluyendo los documentos válidos (CFDI, contratos, fichas de depósito, etc.).
Establece prohibiciones y límites en el financiamiento, como las fuentes ilícitas o no permitidas.
Indica cómo se realizan las conciliaciones y verificaciones de campo, como inspecciones de propaganda y validación de aportaciones.